A continuación te explicamos acá como hacer con ARBA cambio de titularidad de un inmueble. Lo primer que debes saber es que este trámite no tiene costo alguno. Sin embargo tiene una serie de pasos que también debes conocer para que no pierdas tu tiempo, debido a que el cambio de titularidad ARBA se realiza en un plazo de 15 días hábiles.
El cambio de titularidad ARBA es un trámite que permite actualizar los datos de un inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, cuando se produce una transferencia de dominio. Este trámite podés hacerlo de dos formas, vía web o presencialmente yendo a una oficina de ARBA con la documentación requerida.
¿Qué requiero para hacer un cambio de titularidad?
- Clave Fiscal.
- Número de Partida con dígito verficador.
- CUIT, CUIL, dirección de domicilio, correo electrónico.
- Datos del corresponsal con porcentajes de responsabilidad que totalicen un 100% del impuesto.
- Un documento que exprese la vinculación legitimándola.
Documentos de ARBA Cambio de titularidad
Ante todo debes presentar original y copia y en los casos requeridos una copia por Escribano Público. Los certificados no deben tener más de 120 días de emitidos, excepto en casos donde el certificado lo permita.
- DNI y/o pasaporte (extranjeros) del titular. Si es persona jurídica, estatuto, designación de autoridades y certificado de vigencia de persona jurídica.
- Factura del domicilio del trámite, debe ser de un servicio público.
- CUIL de los involucrados.
- Documento que prueba la posesión del dueño, vinculado impositivamente, esto puede ser boleto de compra venta, escritura pública, acta de toma de posesión etc.
- Factura de un servicio público del domicilio declarado en la presentación del trámite; no es necesario que esté a nombre del titular.
- Comprobante de pago de impuesto de sellos, certificación de firmas ante Escribano Público.
Pasos para hacer el trámite ARBA cambio de titularidad
- Ingresá en la página web ARBA
- Ingresá a MENÚ POR IMPUESTOS. Hacé clic en INMOBILIARIO, LUEGO TRÁMITES Y VINCULACIÓN/DESVINCULACIÓN DE RESPONSABILIDAD.
- Hacé clic en SOLICITUD DE VINCULACIÓN/ DESVINCULACIÓN
O sencillamente hacé clic acá abajo en el link de vinculación:
- Completá todos los datos que se te piden: CUIT, CUIL, CLAVE FISCAL. Selecciona la opción de VINCULACIÓN en el menú desplegable, SOLICITAR VINCULACIÓN. Selecciona el porcentaje de responsabilidad de 100% y luego SIGUIENTE. Si no tenes los datos cargados tendrás que cargarlos al sistema uno por uno.
- Ingresá el número de partida del inmueble. Indica el vínculo con este bien (TITULAR) y la documentación que lo legitima con sus debidas fechas. Si tenes más inmuebles agrega y hace clic en SIGUIENTE.
- Verificá y confirmá los datos. Presiona en CONFIRMAR TRÁMITE.
- Imprimí la constancia de verificación y preséntate en el CENTRO DE ATENCIÓN que se te indica en el formulario en la fecha indicada.
Requisitos para realizar el cambio de titularidad ARBA presencialmente
Documentación obligatoria:
- Escritura de compraventa: El documento que acredita la transferencia de dominio del inmueble. Debe ser original o copia autenticada por escribano.
- Identidad del nuevo propietario: DNI, Pasaporte o Cédula de Identidad. El documento debe estar vigente y en buen estado.
- Datos del inmueble: Número de Partido, Número de Folio y Número de Seccion. Estos datos los puedes encontrar en la escritura de compraventa o en el último recibo del Impuesto Inmobiliario.
- Clave de Identificación Tributaria (CIT) del nuevo propietario: Se puede obtener en la página web de ARBA o en una oficina de la agencia.
Documentación adicional (en algunos casos):
- Contrato de locación vigente (si el inmueble está alquilado): En caso de que el inmueble esté alquilado, se debe presentar el contrato de locación vigente.
- Poder (si el trámite lo realiza un representante): Si el trámite lo realiza un representante legal del nuevo propietario, se debe presentar un poder otorgado por el mismo. El poder debe estar certificado por escribano.
- Certificado de defunción (si el titular anterior ha fallecido): Si el titular anterior del inmueble ha fallecido, se debe presentar el certificado de defunción.