¿Qué Sucede con la Jubilación tras la Muerte del Jubilado?

¿Te has preguntado qué ocurre con la jubilación de una persona cuando fallece? Si eres heredero, te interesa saber cómo proceder para evitar problemas legales con el banco y con el ANSES. En este artículo, abordaremos esta cuestión y daremos respuesta a tus inquietudes. Es de suma importancia que conozcas los aspectos legales relacionados, así que sigue leyendo para obtener información valiosa.

Qué sucede con la jubilación de un fallecido: Aspectos legales y consejos útiles

Si el titular de una jubilación fallece, aunque su cónyuge viva, la misma se extinguirá. Sin embargo, el cónyuge podrá realizar el respectivo trámite para cobrar una pensión. Este y otros aspectos son los que se van aclarar en este artículo.

El cobro de la jubilación luego del fallecimiento del titular

Una de las preguntas más frecuentes es si el apoderado de un jubilado puede seguir cobrando su jubilación. La respuesta es clara: no. En primer lugar, esto sería ilegal y se consideraría una estafa hacia el ANSES. Aunque seas apoderado, una vez que el titular fallece, el beneficio de la jubilación se extingue automáticamente. Además, el poder otorgado también se extingue.

En el caso de que al apoderado le corresponda una pensión, deberá iniciar el trámite correspondiente ante el ANSES. Es importante destacar que la pensión no se otorga de forma automática, por lo que es indispensable realizar el procedimiento pertinente para obtenerla.

¿Qué ocurre con el dinero depositado en la cuenta del jubilado?

Por otro lado, es fundamental tener en cuenta qué sucede con el dinero que el jubilado tenía depositado en su cuenta bancaria. En casos donde exista una cuenta conjunta con otra persona, el co-titular podrá retirar los fondos. Sin embargo, si el jubilado era el único titular de la cuenta, no está permitido extraer el dinero utilizando su tarjeta de débito, aún si se conoce la clave de acceso. Esta práctica también es ilegal.

En estos casos, lo recomendable es informar al banco sobre el fallecimiento del titular y presentar la documentación que acredite la condición de heredero. No se exige, actualmente, iniciar el juicio sucesorio para retirar el saldo que se encuentra en la cuenta bancaria. Sin embargo, es importante señalar que algunos bancos pueden demorar la entrega de estos fondos, siendo necesario recurrir a un oficio emitido por un juzgado sucesorio para acelerar el trámite.

¿Qué sucede si el jubilado falleció antes de cobrar su jubilación?

En el caso de que el jubilado haya fallecido antes de recibir su pago correspondiente, se puede realizar un trámite conocido como «haberes devengados«. Esto implica solicitar el pago de la jubilación devengada hasta la fecha del fallecimiento. Si existe un beneficiario de pensión, el dinero le corresponderá a él o ella. En ausencia de un beneficiario, los herederos serán los que tengan derecho a cobrar esos haberes.

El ANSES ha implementado un procedimiento para cobrar estos haberes devengados hasta cierto monto sin la necesidad de iniciar un juicio sucesorio. Solo en los casos en que el monto supere ciertos límites, se requerirá presentar un oficio emitido por un juzgado sucesorio.

Retiro indebido de fondos y sus consecuencias

Es importante destacar que retirar los fondos de un jubilado fallecido, ya sea por desconocimiento o error, conlleva consecuencias legales. Tanto el banco como el ANSES están facultados para exigir la devolución de esos fondos. Además, se puede iniciar una denuncia penal por esta práctica.

La recomendación legal en estos casos es acercarse voluntariamente al banco para devolver el dinero. Como ejemplo de la importancia de seguir este consejo, se ha mencionado un comentario de una persona en el contenido web, que tuvo que devolver el dinero con intereses y tuvo que afrontar un gran desembolso económico. Evitar cometer este error es crucial, y si se ha incurrido en él, buscar resolver la situación de manera adecuada y legal.

Conclusiones

En resumen, cuando un jubilado fallece, es ilegal y considerado estafa seguir cobrando su jubilación, ya sea como apoderado o de cualquier otra forma. Es importante informar al banco sobre el fallecimiento y presentar la documentación que acredite la condición de heredero para poder disponer de los fondos depositados en la cuenta bancaria del titular fallecido. Además, en caso de que el jubilado no haya llegado a cobrar su jubilación antes de fallecer, existe un trámite para solicitar los haberes devengados. Retirar fondos indebida e incorrectamente puede acarrear consecuencias legales y es recomendable devolver el dinero voluntariamente.

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